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Ordenan retirar spots del PAN y de Morena

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró procedentes tres medidas cautelares, por lo que ordenó el retiro de un spot del Partido Acción Nacional (PAN) y otro del partido Morena por uso indebido de la pauta, así como de varios comentarios en Twitter contra una candidata de Redes Sociales Progresistas (RSP) por tratarse de violencia política en razón de género. 

Rocío Adilene Pino Pino, candidata de RSP a diputada federal por el 03 distrito en Sonora, denunció a quienes resulten responsables por la presunta comisión de actos constitutivos de Violencia Política en razón de Género (VPG) en su perjuicio, por la difusión de diversas publicaciones en Twitter.

Bajo la apariencia del buen derecho, la Comisión estimó que algunos de los comentarios denunciados actualizan VPG en contra de Pino, al ser menoscabada por el hecho de ser mujer en libre ejercicio de sus derechos político-electorales. Además, los comentarios encuentran su fundamento en una connotación de índole sexual, tácita e inferida y no están dirigidos a cuestionar las propuestas de campaña de la denunciante, sino a disminuir su capacidad para ejercer el cargo al cual aspira, a partir de la reproducción de estereotipos de género del cómo debe presentarse una mujer ante el electorado.

De igual forma y desde una óptica preliminar, la Comisión advirtió un uso no responsable y respetuoso de las nuevas tecnologías de información y comunicación en relación con los derechos de las mujeres y su participación política, en tanto que los comentarios denunciados cosifican el cuerpo de la denunciante frente a su capacidad para ejercer un cargo de elección popular.

Como en todos los casos, la Comisión llevó a cabo la aplicación del test del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en los comentarios denunciados para determinar que se actualizaban los cinco elementos que exige la identificación de VPG: 1) sucede en el marco del ejercicio de derechos político-electorales; 2) es perpetrado por un grupo de personas; 3) constituyen violencia verbal, sexual, psicológica y simbólica; 4) tienen por objeto menoscabar el ejercicio de su derecho al voto pasivo y 5) se basan en elementos de género al utilizar estereotipos y prejuicios de género para denostar a la candidata.

Por tanto, se concedió la cautelar y ordenó a Twitter el retiro de los comentarios denunciados en un plazo de 24 horas, los cuales fueron suscritos por nueve internautas.

Quejas de Televisa por uso indebido de la pauta

En otro tema, la Comisión conoció de dos quejas presentadas por Televisa: una en contra del PAN y otra en contra de Morena. En ambas se denuncia el uso indebido de la pauta, toda vez que los promocionales pautados por dichos partidos políticos aparecen los logotipos de “Televisa” y de “El canal de las estrellas”.

La Comisión resolvió la procedencia de las medidas cautelares, ya que es criterio del Tribunal Electoral y de la propia Comisión que usar el logotipo de un canal de noticias en la propaganda de un partido político actualiza un uso indebido de la pauta. La ciudadanía puede pensar que la empresa que produjo el noticiero participó en el promocional o coincide con la postura del partido político en donde su logotipo aparece, lo cual no es correcto ni veraz.

Por tanto, en el caso del PAN se ordenó el retiro del promocional CAM FED DILE ADIOS A MORENA V2 y en el caso de Morena, el denominado XAVIER NAVA ELLOS MIENTEN, ambos pautados para televisión, en un plazo de seis horas.

Finalmente, Francisco Arturo Ávila Ayala, candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia en Aguascalientes” a la Presidencia Municipal de Aguascalientes, denunció al partido Movimiento Ciudadano (MC) por la difusión del spot pautado para radio y televisión VOTO AGUASCALIENTES, en el cual, según su dicho, se le califica como pervertido, vulnerando su imagen y honor y calumniándolo frente a la ciudadanía.

La Comisión declaró la improcedencia de la cautelar, ya que del análisis al material denunciado no se advirtió la imputación de hechos o delitos falsos, pues la frase “Tu voto puede evitar que nos gobierne un deshonesto o un pervertido”, no atribuye hechos o delitos falsos a una persona en específico o en lo particular, dado que actualmente existen ocho candidatos que compiten por la Presidencia Municipal de Aguascalientes, por lo que no se colma la imputación directa y unívoca, requisito sine qua non de la calumnia.

Los asuntos se aprobaron por unanimidad de votos de las Consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del Consejero Ciro Murayama, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias. 

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