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INE niega medidas cautelares solicitadas por el PRI

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en sesión virtual resolvió cinco solicitudes de medida cautelar; tres por posibles actos anticipados de campaña y precampaña y dos más con motivo de un presunto uso indebido de la pauta.

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó tres solicitudes de medidas cautelares  en contra de Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México; de Marcelo Ebrard Casaubon, Secretario de Relaciones Exteriores; de Adán Augusto López Hernández, Secretario de Gobernación, y del partido Morena por la presunta realización de actos anticipados de precampaña y campaña respecto de la elección presidencial de 2024.

Lo anterior, derivado de notas periodísticas en diversos medios de comunicación digitales y en las redes sociales de Facebook y Twitter en las que los tres servidores públicos publicaron pronunciamientos como probables aspirantes a la Presidencia de la República durante su asistencia a diversos eventos aparentemente de carácter proselitista, en el marco de las campañas en los procesos electorales que se celebran en Hidalgo, Durango, Aguascalientes, Quintana Roo, Oaxaca y Tamaulipas, lo que podría constituir en opinión del denunciante un posicionamiento anticipado ante la ciudadanía rumbo a la elección presidencial 2024, lo cual vulnera la equidad de la contienda.

Asimismo, denunció presunta responsabilidad atribuible al partido Morena, derivado de las conductas  denunciadas de parte de sus militantes.

La Comisión de Quejas declaró improcedente la medida cautelar respecto de actos anticipados de campaña y precampaña, pues no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique la medida cautelar respecto al retiro de las notas periodísticas de los medios de comunicación digitales o las publicaciones alojadas en las redes sociales de los servidores públicos referidos, en torno a las cuales se aduce que el contenido podría dar lugar a actos anticipados de precampaña y campaña, debido a que tendría un efecto desproporcionado en perjuicio de la libertad de expresión y el derecho a la información.

Además de lo anterior, la Comisión estimó que de las frases denunciadas, bajo la apariencia del buen derecho, no se aprecian expresiones que, de manera objetiva, manifiesta, abierta, inequívoca y sin ambigüedades, soliciten el apoyo en favor o en contra de una opción electoral, sino expresiones y opiniones que reflejan la ideología y simpatía hacía una candidatura partidista.

De igual manera, en cuanto a la tutela preventiva, el colegiado declaró improcedente la solicitud, pues se trata de hechos futuros de realización incierta.

Improcedente retirar promocionales de televisión de MC en Hidalgo y del PRI en Durango, por tratarse de hechos consumados

Los otros dos asuntos versaron sobre la denuncia de Morena en contra de los partidos Movimiento Ciudadano (MC) y el PRI por el presunto uso indebido de la pauta, el uso indebido de imagen de servidor público y calumnia; en primer lugar, en contra de su candidato a gobernador de Hidalgo, Julio Ramón Menchaca Salazar, derivado de la difusión de un promocional de televisión denominado Cambia de canción. Y en segundo lugar, hacia su candidata a la gubernatura de Durango, Marina Vitela Rodríguez, derivado de la difusión de tres promocionales para televisión y radio denominados Contraste 1 Paty Flores Dur Candidatas y Contraste 1 Paty Flores Durango. 

El colegiado determinó improcedentes las medidas cautelares solicitadas, pues en ambos casos se advierte que la difusión de los cuatro promocionales ha concluido su vigencia, el pasado 25 de mayo de 2022, por lo que se está ante hechos consumados. 

Los proyectos fueron aprobados por unanimidad de votos de la Consejera Claudia Zavala y del Consejero Ciro Murayama, así como de la Consejera Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias.

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